El Gobierno, los sindicatos y lapatronal firmarán este lunes el acuerdo alcanzado en el marco del diálogosocial para ampliar al 30 de junio los Expedientes de Regulación Temporal deEmpleo (ERTEs), con la posibilidad de prorrogar este plazo si persistenrestricciones de actividad por razones sanitarias llegada esa fecha.

Así lo ha informado el presidentedel Gobierno, Pedro Sánchez, en la novena videoconferencia con los presidentesde comunidades y ciudades autónomas.

El acto tendrá lugar este lunesen Moncloa a las 13.00 horas y asistirán, por parte del Ejecutivo, elpresidente, Pedro Sánchez; el vicepresidente de Derechos Sociales y Agenda2030, Pablo Iglesias; la vicepresidenta de Asuntos Económicos y para laDigitalización, Nadia Calviño, y la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, y, porparte de los agentes sociales, el presidente de la CEOE, Antonio Garamendi; elpresidente de Cepyme, Gerardo Cuerva; el secretario general de CCOO, UnaiSordo, y el secretario general de UGT, Pepe Álvarez.

El texto de este acuerdocontempla extender hasta el 30 de junio de este año los ERTEs de fuerza mayorderivados del Covid-19, ya sea por fuerza mayor total (sin reinicio de laactividad) o parcial (recuperación de una parte de la actividad). En esteúltimo caso, se señala que, a la hora de reincorporar trabajadores a laactividad, se primarán los ajustes vía reducción de jornada.

El texto establece que no podránacogerse a ERTEs de fuerza mayor las empresas y entidades con domicilio enparaísos fiscales. Además, se precisa que las empresas que se acojan a estosprocedimientos no podrán repartir dividendos durante el ejercicio fiscalcorrespondiente a la aplicación del ERTE, excepto si devuelven a la SeguridadSocial las cuotas de las que fueron exoneradas. No obstante, esta limitación noserá aplicable a las empresas que, 29 de febrero de este año, contaran conmenos de 50 trabajadores.

Asimismo, el texto contempla quelas prestaciones por desempleo asociadas a los ERTEs (que se conceden sinnecesidad de cumplir el periodo de carencia) se mantendrán hasta el 30 dejunio, salvo las de los fijos-discontinuos, que serán de aplicación hasta el 31de diciembre. No obstante, el Gobierno también se reserva la posibilidad deprorrogar estas prestaciones si así lo ve necesario.

De acuerdo con este borrador deReal Decreto-ley, se facilitará la transición de ERTEs de fuerza mayor a ERTEspor causas organizativas, técnicas, económicas o de producción. A los ERTEs porcausas organizativas, económicas, técnicas o de producción que se inicien trasla entrada en vigor de este nuevo decreto y hasta el 30 de junio les serán deexplicación las características especiales establecidas en la regulación del 17de marzo. Se permitirá además que estos últimos se tramiten mientras esténvigente un ERTE de fuerza mayor.

La regulación que se dio amediados de marzo a los ERTEs por fuerza mayor derivados del Covid-19 estableceuna exoneración de cotizaciones del 75% para las empresas que a 29 de febrerode este año tuvieran más de 50 trabajadores en alta en la Seguridad Social ydel 100% para las que tuvieran menos de 50 trabajadores. En el texto deldecreto se señala que estas exenciones se mantendrán en mayo y junio para losERTEs de fuerza mayor total.

En el caso de ERTEs de fuerzamayor parcial, la empresa, a partir de la fecha de efectos de la renuncia alERTE, se beneficiará de una exención de la cuota empresarial por lostrabajadores que vuelvan a su actividad del 85% en mayo y del 70% en junio en elsupuesto de que a 29 de febrero de este su plantilla fuera inferior a 50trabajadores. Si contaba con más de 50 a dicha fecha, la exención alcanzará el60% en mayo y el 45% en junio.

En el caso de los trabajadoresque continúen con sus contratos suspendidos desde la fecha de efectos de larenuncia al ERTE, la exención empresarial será del 60% en mayo y del 45% enjunio para empresas de menos de 50 trabajadores, y del 45% en mayo y del 30% enjunio para las que tengan más de 50 empleados. Todas estas exenciones podránser prorrogadas en los mismos términos o en otros distintos si así lo decide elConsejo de Ministros o ser extendidas a ERTEs basados en causas objetivas.

Uno de los principales caballosde batalla de esta negociación sobre los ERTEs ha sido la cláusula demantenimiento del empleo asociada a los mismos. La regulación de mediados demarzo vinculaba las exoneraciones de cuotas de los ERTEs por fuerza mayorderivados del Covid-19 a que las empresas mantuvieran el empleo durante seismeses desde la fecha de reanudación de la actividad.

En el borrador del decreto, si nohay cambios de última hora, se flexibiliza esta cláusula, aunque no desaparece.Se especifica que este cómputo de seis meses empezará a contar desde laincorporación al trabajo efectivo de personas afectadas por el ERTE, aun cuandoéste sea parcial o sólo afecte a parte de la plantilla.

Este compromiso de mantenimientodel empleo se considerará incumplido si se despide a cualquier trabajadorafectado por el ERTE, aunque con excepciones (despido disciplinario procedente,dimisión, muerte, jubilación, incapacidad total, absoluta o gran invalidez yextinción de un contrato temporal por finalización de su vigencia o por el finde la obra o servicio contratado). En el caso de incumplimiento de estacláusula, las empresas deberán devolver todas las cuotas de las que fueronexoneradas, con recargo e intereses de demora.

Ahora bien, en el texto seespecifica que este compromiso de mantener el empleo seis meses después dereanudar la actividad no será de aplicación a aquellas empresas que tenganriesgo de entrar en concurso de acreedores según los términos establecidos enel artículo 5.2 de la Ley Concursal.

El decreto crea una comisión de seguimientotripartita de proceso de desconfinamiento que estará integrada por el Gobiernoy los agentes sociales y que se reunirá con carácter ordinario el segundomiércoles de cada mes. El objetivo de esta comisión será el de realizar unseguimiento de las medidas adoptadas en el ámbito laboral "durante la fasede excepcionalidad atenuada", intercambiar datos y efectuar propuestas.

Será esta comisión tripartita,que se reunirá de manera ordinaria el segundo miércoles de cada mes, la quedecidirá qué sectores necesitarán seguir con ERTEs más allá del 30 de junio.