Los contratos de formación en alternancia están siendo cada vez más utilizados desde que entró en vigor la reforma laboral el pasado 30 de marzo de 2022.

Desde entonces, va incrementando considerablemente cada mes el número de empresas que apuesta por contratar bajo esta modalidad. Los jóvenes son un colectivo frecuentemente afectado por las crisis económicas, pero, gracias a esta modalidad contractual, es decir, gracias al contrato de formación en alternancia, las empresas cuentan con más facilidades para la contratación de jóvenes desempleados.

Las cifras demuestran que en el pasado se hacían miles de contratos de formación cada mes. Debido a la falta de especializaciones y a toda la burocracia que los rodeaba, los contratos de formación fueron perdiendo popularidad.

Según datos oficiales compartidos por el SEPE, desde el 2007 hasta el 2015, los contratos de formación contaban con gran aceptación. Concretamente, 2015 fue el año en el que se realizaron más contratos de formación, con un total de 161.667. Fue a partir de entonces cuando la demanda comenzó a decrecer, llegando en 2019 a realizarse tan solo 27.083 contratos de formación.

La necesidad de poner de nuevo en auge estos contratos para ofrecer mayores oportunidades laborales a los jóvenes ha provocado que la última reforma laboral pusiera en boga los contratos de formación en alternancia ofreciendo múltiples ventajas tanto para empresas como para trabajadores.

Las ventajas de los contratos de formación en alternancia

Las principales ventajas de los nuevos contratos de formación en alternancia frente a los antiguos contratos formativos son múltiples. Empezando por la ampliación en el rango de edad de 25 a 30 años, seguido por el aumento en el listado de ocupaciones disponibles. Otra de las principales ventajas que hace a este contrato mucho más accesible es que se permite crear itinerarios formativos personalizados (adaptados a las necesidades del trabajador) y se elimina el mes de espera, por lo que el alta del trabajador puede ser inmediata.

No existe límite en el número de contratos de formación que puede hacer una empresa, por lo que puede recurrir a esta figura siempre que lo necesite.

Por último, cabe destacar que el trabajador tiene las mismas garantías que con otro tipo de contrato como el indefinido o el temporal, ya que cotizará y tendrá derecho a paro a la finalización del contrato.

El contrato de formación en alternancia es el más económico

Además de las ventajas comentadas anteriormente, los beneficios económicos de los contratos en alternancia son el motivo de por qué las empresas cada vez los demandan más.

Los contratos en alternancia cuentan con una bonificación del 100 % en los seguros sociales del trabajador para empresas con menos de 100 trabajadores. La empresa no pagará nada de Seguridad Social, es decir, 0 € en Seguros Sociales.

Otra de las principales ventajas económicas de los contratos de formación en alternancia es que si la empresa convierte al trabajador contratado bajo esta modalidad en indefinido, podrá recibir bonificaciones en seguros sociales de 1.500 € en el caso de contratar a hombres y 1.800 € si son mujeres.

Por último, otras ventajas adicionales son la bonificación de hasta 80 € al mes en concepto de tutorización y la bonificación del 100 % del coste de la formación teórica del trabajador.

¿Cuál es el salario y la jornada laboral de un contrato de formación en alternancia?

El salario será proporcional a las horas de trabajo efectivo, siempre se regirá según lo estipulado el Convenio Colectivo y en ningún caso podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional.

Durante el primer año, los tiempos se reparten semanalmente de la siguiente forma: 26 h de trabajo y 14 h de formación y durante el segundo año, 34 h de trabajo y 6 h de formación.

Teniendo esto en cuenta, la proporción del salario sería del 65 % durante el primer año y del 85 % durante el segundo.

Fuente: El Confidencial Digital.