Desde el pasado 12 de marzo de 2020, se comunicó a las Entidades de formación determinadas medidas de carácter preventivo y recomendaciones en materia de Formación para el Empleo, en relación con:

A- Alternativa, presentada por las entidades, que garantice la transmisión del conocimiento y su evaluación.

“…La obligatoriedad de comunicar el inicio de suspensión de las acciones formativas y su reanudación a través de LANF o del aplicativo diseñado al efecto en las acciones estratégicas, una vez sea comunicada por la autoridad de Salud la autorización para la reanudación de las actividades formativas.
”En todo caso , en esta situación de excepcionalidad, se valorará por parte del Servicio de Formación para el Empleo (Servicios Centrales) toda alternativa, presentada por las entidades, que garantice la transmisión del conocimiento y su evaluación para evitar la interrupción de la actividad.”

Visto el número de solicitudes crecientes presentadas por las entidades, que nos imposibitan dar una pronta respuesta a las solicitudes presentadas, procedemos a realizar las siguientes instrucciones.

1-Serán admitidas todas las solicitudes que al efecto sean presentadas por las entidades de formación, siempre y cuando dichas acciones formativas estuviesen iniciadas antes del 12 de marzo de 2020, o tuviesen la comunicación de inicio autorizada con anterioridad a dicha fecha.

2-No se podrán iniciar nuevas acciones formativas contenidas en planes de formación de todas las convocatorias.

3- Las entidades que deseen acogerse a la metodología alternativa formativa que garantice la transmisión del conocimiento, el desarrollo de los objetivos y contenidos previstos y su evaluación, deberá elaborar una declaración responsable, según modelo que se adjunta.

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