El BOE del sábado 15 de junio de 2014 ha publicado la Orden TES/602/2024, de 10 de junio, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2024, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas, créditos del ámbito laboral financiados con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

El Sistema Nacional de Empleo es el conjunto de las estructuras administrativas, recursos materiales y humanos, estrategias, planes, programas e información dirigidos a implementar políticas de empleo, y está integrado por el Servicio Público de Empleo Estatal y los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas.

El conjunto de servicios y programas que desarrollan las políticas activas de empleo tiene como finalidad impulsar la creación de empleo y mejorar las posibilidades de acceso a un empleo digno, de las personas demandantes de los servicios de empleo, al mantenimiento y mejora de su empleabilidad y al fomento del espíritu empresarial y de la economía social.

Tanto la Estrategia como los Planes Anuales de Fomento del Empleo Digno se configuran como el marco para la planificación y coordinación de las políticas activas de empleo en toda España, siendo una referencia compartida, a partir del cual los servicios públicos de empleo deben diseñar y gestionar sus propias políticas.

El Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno 2024 (PAFED 2024) contendrá el conjunto de los servicios y programas que cada comunidad autónoma llevará a cabo, comprendiendo tanto los servicios y programas propios que establezca libremente, ajustándose a la realidad de las personas desempleadas y del tejido productivo de su ámbito territorial, como los servicios y programas comunes de ámbito estatal que son de aplicación en todo el Estado, con independencia del ámbito territorial en el que vivan las personas destinatarias.

Objeto

El objeto de esta orden es dar publicidad a los criterios objetivos de la distribución territorial para el ejercicio económico 2024, entre las distintas comunidades autónomas con competencias de gestión asumidas, de los créditos, correspondientes a servicios y programas del ámbito laboral, que se recogerán en el Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno 2024 y que cubren los ejes mencionados en el artículo 13 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo.

Los criterios y la distribución de estos fondos a las comunidades autónomas se pueden consultar en el anexo 1 de esta orden.

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