El Diario Oficial de Extremadura(DOE) ha publicado la convocatoria de becas y ayudas, por importe de 1.800.000euros, destinadas a personas trabajadoras desempleadas, que participen enacciones formativas y prácticas profesionales no laborales incluidas en laoferta formativa del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE).

Esta resolución tiene comoobjetivo aprobar la convocatoria de concesión de becas por discapacidad yvíctimas de violencia de género y de ayudas de transporte, manutención,alojamiento y manutención, y ayudas a la conciliación, a que tengan derecho laspersonas trabajadoras desempleadas que participen en las acciones formativas y,en su caso, prácticas profesionales no laborales que forman parte de lasmismas.

Podrán financiarse las becas yayudas derivadas de la participación en las acciones formativas financiadas porel SEXPE a través de subvenciones concedidas en el ejercicio de 2019 y de 2020;así como las acciones formativas ejecutadas durante el ejercicio 2019 y el ejercicio2020, con medios propios del SEXPE, bien a través de sus centros propios, omediante encargos a empresas públicas.

Del mismo modo se podránfinanciar las acciones formativas ejecutadas durante el ejercicio 2019 y el de2020, aplicando el régimen de contratación pública u otras fórmulas definanciación distintas a las subvenciones; así como aquellas que hayan sidoautorizadas durante el ejercicio 2019 y el ejercicio 2020 a centros deformación de titularidad de la Administración de la Comunidad Autónoma deExtremadura.

También podrán financiarse concargo a esta convocatoria las solicitudes de becas por discapacidad y/o ayudasde transporte, alojamiento, y alojamiento y manutención, derivadas de laparticipación en acciones formativas y, en su caso, prácticas profesionales nolaborales que hayan finalizado con posterioridad al plazo máximo de vigencia dedicha convocatoria.

Asimismo, aquellas solicitudes debecas y/o ayudas derivadas de la participación en dichas acciones formativas yprácticas, que hayan visto reducido su plazo de presentación como consecuenciade la terminación de la vigencia de la referida convocatoria, también podránfinanciarse.

Esta acción se llevará a cabosiempre que las solicitudes se presenten en el plazo de 15 días hábiles, acontar desde el día siguiente al de la finalización de la correspondienteacción formativa y/o prácticas profesionales no laborales o, en su caso, desdeel día siguiente al de la fecha de efectividad del abandono por enfermedad ocolocación laboral y siempre que dicha presentación se realice durante lavigencia de la presente convocatoria.

Podrán percibir una beca tantolas personas trabajadoras desempleadas que, al inicio de la acción formativa o,en su caso, de las prácticas profesionales no laborales, tengan reconocida unadiscapacidad, igual o superior al 33 por ciento, como las mujeres víctimas deviolencia de género, con un importe de 9 y 10 euros respectivamente al día.

Por su parte, las personastrabajadoras desempleadas que asistan a las acciones formativas y, en su caso,prácticas profesionales no laborales podrán tener derecho a las ayudas enconcepto de transporte, de manutención, alojamiento y manutención y, en sucaso, conciliación, con ayudas de 1,50 euros por día por el uso de transportepúblico, de 22 euros por el uso de vehículo propio; de 12 euros pormanutención; de 50 euros como máximo, por alojamiento y manutención; y del 75%del IPREM de ayuda de conciliación.

El plazo máximo de vigencia deesta convocatoria, a efectos de presentación de solicitudes, será de un año apartir de mañana, día 24 de enero.

Las solicitudes de becas y ayudasse dirigirán a la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño Público de Empleo,deberán cumplimentarse en el modelo establecido y podrán presentarse en lasoficinas de registro del SEXPE, o bien en las oficinas del Sistema de RegistroÚnico de la Junta de Extremadura, así como en cualquiera de los lugaresestablecidos.

Las solicitudes de becas y ayudasdeberán presentarse en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente alde la finalización de la acción formativa y/o de las prácticas profesionales nolaborales.

En el caso de abandono del cursoy/o prácticas profesionales no laborales por enfermedad o colocación laboral,la solicitud deberá presentarse en el plazo de 15 días hábiles, a contar desdeel día siguiente al de la fecha de efectividad de dicho abandono.

El plazo máximo para resolver ynotificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de 6 meses, y secomputará a partir de la fecha de la presentación de la solicitud. Una veztranscurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa, lasolicitud podrá entenderse desestimada.