El mes del año con mayor número de contrataciones fue noviembre con 5.144 contratos.
En 2021 se tramitaron 30.672 Contratos de Formación en España, una cifra que supera a la registrada en 2020, año en el que a través de esta modalidad contractual accedieron al mercado de trabajo 24.666 personas de entre 16 y 24 años.
Las cifras de 2021, extraídas del informe de datos estadísticos de contratos elaborado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), suponen un aumento con respecto al año anterior de 6.006 empleados. El año pasado el mes que registró el mayor número de tramitaciones fue noviembre, cuando se contabilizaron 5.144 mientras que la cifra más baja se registró en agosto con 1.066 contrataciones.
Análisis detallado de los datos
El año pasado supuso una cierta recuperación en la apuesta de las empresas por el Contrato de formación y aprendizaje, a pesar de la incertidumbre que la pandemia ha ocasionado en el mercado laboral. Aunque aún quedan muy lejos los datos obtenidos en campañas como la de 2015 cuando se cursaron 174.921.
Así, el cuarto trimestre de 2021 destaca respecto al resto, cifrando el total en 13.138. Por comunidades autónomas, se posiciona en primer lugar Andalucía con 4.459, Comunidad Valenciana (3.556), Galicia (3.431), Madrid (3.140), Castilla y León (2.828), Canarias (2.376), Extremadura (1.953), Aragón (1.375), Cataluña (1.094) y País Vasco (1.054).
En contraposición las cifras más bajas fueron en La Rioja con tanto solo 3 contratos, Ceuta (43), Navarra (54) y Melilla (116).
El ranking analizado por ciudades en los últimos 12 meses está encabezado por Valencia con una suma de 1.698 contratos, Sevilla (1.394), Badajoz (1.284), Las Palmas (1.192), Santa Cruz de Tenerife (1.184), A Coruña (1.131), Alicante (1.049), Cádiz (923), Orense (824) y Castellón (809).
Centrando el análisis anual por sexos, se materializa en 14.646 hombres contratados frente a 16.026 mujeres.
Cambios tras la nueva Reforma Laboral
Tras la aprobación de la nueva Reforma Laboral el pasado mes de diciembre, surgen novedades en el Contrato de formación y aprendizaje. En concreto, pasará a llamarse "Contrato de formación en alternancia" y entrará en vigor el 31 de marzo de 2022.
El principal cambio es "la ampliación de la edad hasta los 30 años para poder concertar contratos formativos suscritos a certificados de profesionalidad de nivel 1 y 2, que permitirá la inserción laboral a más personas. Tras la reforma laboral, la reducción de la duración máxima a 2 años de contrato, ha supuesto el incremento del porcentaje dedicado a la actividad formativa durante el primer año de contrato, de un 25% hemos pasado a un 35%, compensando así el tiempo de trabajo efectivo de 75% a 65%. Significa que, a pesar de los cambios en cuanto a la duración máxima, que antes era de 3 años, se sigue apostando por la cualificación profesional de los trabajadores", afirma Verónica Cruz Tro, Controller Jurídico en Audiolís.
La retribución salarial quedará establecida por el convenio. En defecto de previsión convencional, no podrá ser inferior al 60% el primer año y no inferior al 75% el segundo año, respecto a la fijada en convenio para el grupo profesional.
Además, desaparece el periodo de prueba para estos contratos y supondrá un ahorro en seguros sociales con coste cero para empresas con hasta 250 trabajadores. Otra modificación, incluida en la Reforma Laboral, es que las empresas con medidas de flexibilidad interna podrán concertar contratos de formación siempre que las personas contratadas no sustituyan funciones o tareas realizadas por personas afectadas por las medidas.
Los contratos formativos en vigor en el momento de la entrada de la nueva normativa resultarán aplicables hasta su duración máxima, sin que sea necesario hacer ningún tipo de adaptación o cambio.
Compaginar formación y actividad laboral retribuida
El Contrato de formación y aprendizaje permite al trabajador compaginar el desarrollo de una acción formativa en alternancia con una actividad laboral retribuida. También tiene ventajas para la empresa, al tratarse del único contrato bonificado existente en la actualidad.
Los Contratos de formación y aprendizaje se pueden celebrar con trabajadores que carezcan de calificación profesional previa que deben estar inscritos como demandantes de empleo. La formación que reciben debe estar relacionada con el puesto de trabajo y las áreas en las que se puede hacer este contrato son, principalmente, Comercio y marketing, Administración y gestión, Hostelería y turismo, Informática y comunicaciones, Servicios socioculturales y a la comunidad y Transporte y mantenimiento de vehículos.
Audiolís está especializada en la tramitación de contratos de formación con empresas a nivel nacional y ha gestionado más de 3.000 en los dos últimos años.