Este programa busca mejorar la empleabilidad y la adaptabilidad de los trabajadores, reducir el desempleo y elevar la calidad del empleo.
Objetivos y Prioridades del Programa EFESO
El Programa ÉFESO articula sus esfuerzos a través de diversas prioridades de inversión y objetivos específicos, alineados con las metas generales del FSE+, en concreto en la Prioridad 1: Empleo, Adaptabilidad, Emprendimiento y Economía Social.
Se articula en torno a dos objetivos contemplados en esta prioridad:
Objetivo específico: ESO4.1: su meta es mejorar el acceso al empleo y a medidas de activación de todos los demandantes de empleo, y en particular de las personas jóvenes, de los desempleados de larga duración, de los grupos desfavorecidos en el mercado laboral y de las personas inactivas, mediante la promoción del empleo por cuenta propia y la economía social.
Este objetivo contempla dos líneas principales de actuación:
1.- Oportunidades de empleo
Incentivos para la contratación indefinida de personas paradas de larga duración: se fomentará la contratación indefinida de personas paradas de larga duración mediante la bonificación de las cuotas de Seguridad Social para los contratos a estas personas.
Incentivos para la contratación indefinida de personas en situación o riesgo de exclusión social (según los grupos establecidos en el artículo 2 de la Ley 44/2007 de 13 de diciembre que regula el régimen de empresas de inserción), se bonificarán las cuotas de Seguridad Social para contratos de trabajo a este grupo de personas.
Incentivos para la contratación indefinida de personas con discapacidad en la empresa ordinaria: se incentivará la contratación indefinida de personas con discapacidad, así como la conversión en indefinidos de contratos temporales de fomento del empleo y de contratos formativos de las personas con discapacidad en mercado ordinario (incluida la ONCE).
Incentivos para la contratación indefinida de personas con discapacidad en el mercado protegido: se cofinancian las bonificaciones de los contratos en Centros Especiales de Empleo (CEE).
2.- Emprendimiento, Autoempleo y Economía Social
Ayudas al autoempleo: Se favorecerá la constitución como autónomo de personas desempleadas, mediante la disminución de los costes laborales con la aplicación de bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social desde el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Objetivo específico: ESO4.4: su finalidad es promover la adaptación de los trabajadores, las empresas y los emprendedores al cambio, el envejecimiento activo y saludable y un entorno de trabajo saludable y bien adaptado que aborde los riesgos para la salud.
Contempla dos líneas principales de actuación:
1.- Formación de personas empleadas: Se propone dotar de formación a personas empleadas, organizada a iniciativa de los servicios de empleo u otras instituciones, o a iniciativa de las empresas para la recapacitación y la formación para la transición productiva, en particular la verde y digital.
Apoyo a la formación de personas trabajadoras con discapacidad: existe una notable diferencia formativa que excluye a las personas con discapacidad de las posiciones más cualificadas, particularmente en el ámbito tecnológico, siendo imprescindible dotarles de competencias digitales para conectar con los nichos de empleo emergentes.
Así, esta actuación propone bonificar los gastos de la formación de los contratos de personas con discapacidad con el propósito de equiparar la formación de las personas con discapacidad con el resto de la población y lograr su inclusión laboral. Solo se cofinanciará la formación vinculada a los contratos suscritos a partir del año 2021.
Formación de trabajadores en situación de ERTE: se bonificarán las acciones formativas que se proporcionen durante la aplicación de la reducción de jornada o suspensión del contrato debido a un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) Sectorial. Las empresas que formen a personas afectadas por ERTEs tendrán derecho a una bonificación para la financiación de acciones en el ámbito de la formación programada.
En las acciones formativas se priorizará atender las necesidades reales de formación de las empresas y los trabajadores, así como aquellas que permitan recualificar a estos.
El mecanismo de implementación de esta ayuda será una bonificación de cuotas de Seguridad Social.
2.- Oportunidades de Empleo
Apoyo a la estabilidad en los contratos fijos-discontinuos de trabajadores que provengan de una situación laboral más precaria.
Se financiarán las bonificaciones a la Seguridad Social respecto de contratos fijos-discontinuos suscritos a partir del 1 de enero de 2021 en los sectores de turismo, comercio y hostelería.
Solo abarcará contratos fijos-discontinuos de trabajadores cuya contratación previa fuera temporal o que estuvieran en desempleo, no financiándose en ningún caso las conversiones de los mismos, sino únicamente el periodo de exención de 3 meses. El contrato indefinido fijo-discontinuo debe ser a tiempo completo o igual o superior a media jornada.
Conversión de contratos de sustitución a indefinidos al término del plazo definido por los primeros, buscando contribuir a la reducción de la temporalidad en el empleo.
Esta medida incluirá los gastos de bonificaciones a la Seguridad Social del contrato de sustitución. Solo se cofinanciarán contratos de trabajo suscritos a partir de 1 de enero de 2021.
El contrato de sustitución solo se cofinanciará si se convierte en un contrato indefinido a tiempo completo o con horario igual o superior a la media jornada y en la misma empresa.
No se financiarán las bonificaciones de las personas sustituidas y se exigirá un período mínimo de mantenimiento del empleo de 6 meses desde la terminación del contrato de sustitución.
Fuente: SEPE.