Las entidades beneficiarias de las convocatorias de TIC y Programas 2018 deben presentar los justificantes de gastos acreditativos de la cuenta justificativa de la subvención en formato digital y utilizar para ello la aplicación informática que tienen a su disposición en el siguiente enlace https://subvenciones.fundae.es/.

De acuerdo con el artículo 16.8 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, no se tendrán por presentados en el registro aquellos documentos e información cuyo régimen especial establezca otra forma de presentación. En consecuencia, en el proceso de comprobación técnico económica para la cuantificación del importe justificado de la subvención no se tendrán en cuenta aquellos documentos que sean remitidos en formato papel.