El uso de los contratos formativos, en la modalidad de formación y aprendizaje y en la de prácticas, se concentra mayoritariamente en las empresas más pequeñas. En el periodo 2014-2020 el 74% de la totalidad de los contratos para la formación y el aprendizaje y el 50% en el caso de la modalidad de prácticas se produjeron en microempresas de 25 o menos empleados. El conjunto de la gran compañía, con una plantilla superior a los 500 empleados, sólo realizó el 10% de los contratos de formación y el 11% de los de prácticas registrados en las oficinas de empleo en el periodo analizado, según un informe elaborado por CCOO con los datos desagregados del Sepe.
Modalidad en prácticas
El entramado empresarial de 25 a 50 trabajadores agrupó el 8% de los contratos de formación y el 10% de los de prácticas y en el tramo de sociedades entre 51 y 101 empleados el 4% y el 9% respectivamente. Como curiosidad, en las empresas entre 101 y 500 trabajadores se ha utilizado con mayor fuerza el contrato en prácticas, acumulando el 20% de las personas que trabajaron bajo esta modalidad entre 2014 y 2020. No obstante, mantienen un perfil muy bajo en los contratos de formación, con un 4% de los firmados en esos siete años.
En cualquier caso, el uso de los contratos formativos ha sido muy limitado en los últimos años, según los datos del estudio del sindicato elaborado por la Secretaria de Empleo que dirige Lola Santillana. El contrato de formación y aprendizaje tocó fondo el pasado 2019 (dejando al margen el año pasado por la pandemia) con tan solo 39.435 contratos registrados. El máximo se produjo en los años de la salida de la crisis financiera de 2010-2012 que se colocaron por encima de los cien mil, con un pico de cerca de 175.000 en 2015.
Cifras inferiores en el caso del contrato en prácticas (dirigido a personas con titulación universitaria o de FP) cuyo máximo se produjo en 2018, con 107.300 contratos. Solo el año anterior se superaron los cien mil. El mínimo, dejando al margen 2020, se dio en 2012 con 41.600. No obstante, en la modalidad en prácticas se ha producido un uso más regular sin caer en los dientes de sierra registrados en el de formación y aprendizaje.
Muy lejos, en cualquier caso, de los grandes contratos temporales de la legislación vigente. En 2019, último ejercicio completo no afectado por la pandemia, de los 20.352.000 contratos temporales, formativos fueron 121.911, apenas el 0,6% del total.
Escasa continuidad
Al escaso uso que se da a estos dos contratos formativos hay que sumar el fracaso como puerta de entrada en las empresas que los contratan a tenor de las conversiones de estos contratos en indefinidos. Según el estudio de CCOO, de todos los trabajadores que entraron en una empresa a través de un contrato de formación y aprendizaje (con escasa cualificación) en los últimos 14 años continuaron en plantilla con un contrato indefinido el 7%. Un porcentaje que ha sufrido fuertes oscilaciones entre el 2% en 2013 y 2014 (los años que más se usaron este tipo de contrato) y un periodo atípico entre 2016 y 2018 cuando la conversión se colocó cerca del 20%.
Las empresas de menos de 25 de plantilla contratan el 74% del personal en formación.
Mayor éxito ha tendido la modalidad en prácticas destinado a personal cualificado, bien universitarios, bien en FP. De media entre 2007 y 2020 han continuado en la empresa con un empleo indefinido uno de cada cuatro jóvenes contratados con este tipo de modalidad formativa. El máximo, dejando a un lado el atípico año pasado del Covid, se produjo entre 2007 y 2009 con un 28% de conversión. El mínimo ha sido un 15% de continuidad en los años 2014 y 2015.
CCOO advierte del uso inadecuado que se viene dando, especialmente del contrato de formación y aprendizaje. Apoya esta tesis en el tipo de empresa que lo usa, las más pequeñas y en sectores como el comercio y la hostelería, sin capacidad de formación, para ocupaciones elementales, y concentrados en jóvenes que han terminado la ESO y el Bachillerato.
Dos modelos según nivel de estudios
El actual modelo de formación dentro de la empresa se articula bajo dos contratos: el de prácticas y para la formación y el aprendizaje. El de prácticas es para aquellos que poseen un título universitario o de FP de grado medio o superior o títulos oficialmente equivalentes. Permiten la práctica profesional, facilitando la transición del ámbito educativo al mercado laboral.
Por su parte, el contrato para la formación y el aprendizaje tiene por objeto la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de la actividad laboral retribuida en una empresa con la actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo. Pensado para aquellos que carecen de los títulos anteriores.