La segunda convocatoria ya está publicada, pero las empresas con entre 3 y menos de 10 empleados tendrán que esperar hasta el 2 de septiembre para presentar sus solicitudes.
Red.es ha publicado la segunda convocatoria del programa Kit Digital, destinado a las empresas que tienen entre 3 y menos de 10 empleados, que podrán solicitar su Bono digital a partir del 2 de septiembre.
La entidad adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital modifica en más de 20 puntos determinados detalles técnicos de las ayudas, así como la cuantía de algunas soluciones, ampliando el número de servicios digitales que las empresas que reciban la subvención pueden contratar. Los expertos de Cosmomedia han publicado una guía con las diez modificaciones más importantes del Programa Kit Digital.
Por un lado, está la publicación de la nueva orden de bases con los cambios generales y, por otro lado, la publicación de la resolución de ayudas destinadas al Segmento II, para pymes de entre 3 y menos de 10 empleados.
No obstante, según matizan en Acelera Pyme, la modificación de la orden de bases carece de efectos retroactivos y no tiene efectos para la Convocatoria del Segmento I (empresas que tienen entre 10 y menos de 50 empleados), a excepción de lo indicado en Disposición Transitoria Única, esto es, que se especifique lo contrario de forma concreta.
1. Plantilla media de los 12 últimos meses
Para que las empresas del segmento II (entre 3 y menos de 10 empleados) puedan confirmar que entran en esta convocatoria, deberán tener en cuenta la plantilla de los 12 meses anteriores a la presentación de su solicitud. Esto quiere decir que, si el plazo de solicitudes se abre el 2 de septiembre, deben solicitar el certificado de plantilla media desde agosto del 2022 hasta agosto del 2021.
La plantilla media les indicará la cifra "oficial" de trabajadores, teniendo en cuenta el número de empleados en el Régimen General de la Seguridad Social.
2. Métodos de firma
Con el objetivo de agilizar la tramitación y facilitar la suscripción de acuerdos entre los agentes digitalizadores y las empresas beneficiarias, Red.es ha incluido los métodos de firma de certificado electrónico, Cl@ve PIN y Cl@ve permanente como medios válidos para el acuerdo y la presentación de la justificación.
3. Horas de parametrización
También ha modificado en la categoría de Gestión de procesos para el Segmento II y III las horas de parametrización, necesarias para la definición de las particularidades de implantación del servicio en cada negocio. Estas horas planifican el servicio digital, ajustándolo a las necesidades de cada pyme.
4. Dos nuevas Soluciones digitales
A las diez soluciones digitales que previamente existían, Red.es suma dos nuevas categorías de servicios digitales para canjear el Bono digital: Presencia Avanzada en Internet y MarketPlace, donde invertir hasta 2.000 euros de cuantía, independientemente del segmento o número de empleados que tenga la empresa.
La nueva Solución de Presencia Avanzada en Internet contempla la prestación de funcionalidades y servicios que aseguren el posicionamiento básico de la empresa beneficiaria en Internet, aumentando su alcance e incrementando el tráfico de visitas.
Incluye, como servicios mínimos un posicionamiento básico del negocio, en los principales sites o directorios, un análisis de palabras clave y de la competencia, un desarrollo de SEO "On-Page" de al menos dos páginas o apartados y otro SEO "Off-page" fuera de la web del negocio, que incluya acciones para mejorar el posicionamiento en Internet: linkbuiling, enlaces patrocinados... Todo ello, con informes mensuales, durante el tiempo que establece, que es de 12 meses.
La solución de Marketplace que contempla la inclusión de las referencias o productos del negocio en al menos una de estas plataformas de comercio electrónico, para incrementar su nivel de ventas.
Este servicio debe incluir, al menos, un estudio previo de las plataformas y el alta en la más adecuada, un análisis de la competencia, con una investigación de mercado y la definición de la estrategia de negocio, la generación del catálogo de referencias, con el alta de al menos 10 productos, con sus respectivas descripciones.
5. Mejora funcional de una solución ya existente
Una de las dudas que planteaban tanto los negocios como los propios agentes digitalizadores tenía que ver con los criterios para poder contratar uno de los servicios del Programa Kit Digital que ya tuviera implantado el negocio de forma previa a la publicación de estas ayudas.
Red.es ha decidido introducir de forma clara el concepto de "mejora funcional", que admite renovar un servicio del Programa Kit Digital siempre que suponga una solución nueva, que cumpla los requisitos mínimos del Kit establecidos para ese servicio y cuando el anterior servicio no los cumpliera.
En la solución de Gestión de procesos, en el caso de que la empresa ya tenga su propio ERP, podrá incorporar nuevos módulos individuales, siempre y cuando agreguen una solución nueva a la propia herramienta.
6. Aumenta la cuantía de las ayudas
En las soluciones de Gestión de Procesos y Factura Electrónica, Red.es ha incrementado la cuantía de las ayudas que pueden utilizarse para implantar estos servicios. En concreto, Factura Electrónica cuenta con hasta 2.000 euros para las empresas del Segmento II (antes eran 1.000€) y para las del Segmento III, 1000 euros (antes eran 500€). En el caso de Gestión de procesos, las empresas del Segmento II, ahora tienen hasta 3.000 euros (antes eran 2.000€) para utilizar y en las del Segmento III, la cantidad es de 2.000 euros (antes eran 500€).
7. El hardware puede entrar en la subvención
Siempre y cuando sea estrictamente necesario para el desarrollo del servicio del Kit y sólo si se utiliza para ese fin. Con este matiz, en los casos en los que el servicio digital necesitara de un equipamiento informático concreto, se abre la posibilidad de poderlo subvencionar.
8. Página web y dominio de la empresa
Otro de los aspectos que ha matizado Red.es tiene que ver con la solución de creación web, para permitir que aquellas empresas que ya tengan su propio dominio web puedan utilizarlo en el cambio/mejora de su página, sin necesidad de comprar un nuevo dominio para el desarrollo del servicio. Además, agrega la funcionalidad “multidioma” para que la web pueda traducirse, y en el caso de que lo precise la empresa beneficiaria, también cuente con un idioma incorporado.
9. Nuevas entidades beneficiarias del Kit Digital
Las sociedades civiles con objeto mercantil, sociedades civiles profesionales y explotaciones agrarias de titularidad compartida pueden solicitar las ayudas del Kit Digital para la digitalización, siempre y cuando ejerzan actividad económica.
También matiza que no podrán ser beneficiarias las UTES y las personas en autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios.
10. Solicitudes a partir del 2 de septiembre
La segunda convocatoria del Programa Kit Digital ya está publicada, pero las empresas del Segmento II que tienen entre 3 y menos de 10 empleados tendrán que esperar hasta el 2 de septiembre para presentar sus solicitudes.
Mientras tanto, pueden consultar los criterios de acceso y solicitar la plantilla media de los últimos 12 meses, para verificar que sea su convocatoria y preparar su documentación o suscribir la figura de representante voluntario para que un tercero se ocupe de gestionarlo todo.
Aunque a priori estas modificaciones no se aplican al Segmento I (empresas de entre 10 y menos de 50 empleados) tendrán abierto el plazo de solicitud de ayudas del Programa Kit Digital hasta el 15 de septiembre. Desde que se abriera el 15 de marzo del 2022, más del 50% de las empresas de ese tamaño ya han solicitado estas ayudas europeas para la digitalización de las empresas.