Según establecen las bases reguladoras de estas subvenciones, podrán ser beneficiarios de estas ayudas las organizaciones profesionales agrarias, de carácter general y de ámbito estatal; las organizaciones de mujeres rurales de ámbito estatal; y las asociaciones y organizaciones representativas de los sectores agrícolas, ganaderos o forestales, entidades privadas dedicadas a la formación con o sin ánimo de lucro, y otras entidades que generen y mantengan el empleo en el medio rural.
Las solicitudes para acceder a estas subvenciones se podrán presentar en el plazo máximo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE, en la sede electrónica del Ministerio.
Las ayudas a la formación en el medio rural tienen como objetivo principal ampliar los conocimientos y las capacidades de los profesionales en este ámbito. Para ello, se hace necesario establecer una oferta formativa que actualice y fortalezca las competencias profesionales, asegurando así su adaptación a las exigencias del desarrollo sostenible del medio rural, aumentando su competitividad y mejorando las oportunidades de empleo y trabajo.
Con el objetivo de aclarar dudas sobre las novedades de la convocatoria 2022, el ministerio tiene previsto realizar una reunión informativa con las entidades interesadas el 19 de mayo (en su sede de Gran Vía de San Francisco, 4-6), previa solicitud conforme a las instrucciones publicadas en la sede electrónica del ministerio.
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