El Consejo de Ministros haaprobado el Real Decreto-ley de medidas sociales en defensa del empleo. Enconcreto, el Gobierno ha ratificado el Acuerdo Social que firmaron ayer variosmiembros del Ejecutivo y los agentes sociales por el que se adaptan lascondiciones de los trabajadores incluidos en Expedientes de Regulación Temporalde Empleo (ERTE) a la desescalada. En dicho acuerdo, se incluyen nuevosincentivos de la Seguridad Social para la reincorporación al mercado laboral delos trabajadores en estos expedientes a través de exoneraciones en lascotizaciones sociales.
En el acuerdo se crea una nuevacategoría de ERTE para las empresas que puedan reiniciar su actividad,denominado “de fuerza mayor parcial”, que durará hasta el próximo 30 de junio.Durante este periodo, las empresas pueden combinar trabajadores en actividad ysuspendidos y por todos ellos quedarán exoneradas del abono de la aportaciónempresarial a la cotización a la Seguridad Social y por conceptos derecaudación conjunta.
Para incentivar la reincorporacióna los puestos de trabajo del máximo número posible de trabajadores en ERTE, lasexenciones serán mayores para los empleados que regresen a la actividad quepara quienes continúen suspendidos. En concreto, las empresas de menos de 50empleados tendrán una exención de cotizaciones del 85% en las cotizacionesdevengadas en el mes de mayo y del 70% en las devengadas en junio para lostrabajadores que retomen la actividad. Para los que continúen suspendidos,también habrá exoneración, pero será menor: del 60% para las cotizacionesdevengadas en mayo y del 45% para las de junio.
En el caso de las empresas de 50o más trabajadores, la exención para los empleados que se reincorporen será del60% y del 45% para las cotizaciones devengadas en mayo y junio, respectivamente.Para los trabajadores que no se reincorporen, la rebaja será del 45% en mayo ydel 30% en junio.
Las exenciones en la cotizaciónno tendrán efectos para los trabajadores que mantendrán como cotizado a todoslos efectos el periodo en que se apliquen. Además, no se tendrá en cuenta dichoperiodo para el cálculo de las prestaciones futuras.
Para aquellas empresas que nopuedan retomar la actividad y se encuentren en situación de ERTE de fuerzamayor total se mantienen las exenciones previstas hasta el 30 de junio. Laexoneración de cuotas devengadas en los meses de mayo y junio, así como lascuotas por recaudación conjunta, será del 100% para aquellas empresas quetuvieran menos de 50 trabajadores y del 75% para aquellas cuya plantilla seaigual o superior a los 50.
Las medidas estarán vigenteshasta el 30 de junio, pero se podrá establecer una prórroga de los expedientesde regulación de empleo en atención a las restricciones de la actividadvinculadas a razones sanitarias, previo acuerdo del Consejo de Ministros.
Las exenciones en la cotizaciónse aplicarán por la Tesorería General de la Seguridad Social, a instancia de laempresa, previa comunicación sobre la situación de fuerza mayor total oparcial, así como de la identificación de los trabajadores afectados y elperiodo de suspensión o reducción de la jornada.
El acuerdo incluye la creación deuna Comisión de Seguimiento tripartita en la que participará el Ministerio deInclusión, Seguridad Social y Migraciones, el Ministerio de Trabajo y EconomíaSocial y los agentes sociales. Su principal función será el seguimiento de lasmedidas adoptadas en el ámbito laboral.
Con este plan de incentivos,novedoso a escala internacional, el objetivo del Ministerio de Inclusión,Seguridad Social y Migraciones es acompañar a las empresas en su retorno a laactividad, tratando de ayudar a la reincorporación del mayor número detrabajadores a sus puestos de trabajo.