El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social, el Plan de Actuación para la mejora de la empleabilidad de la población gitana 2025-2028. Este plan movilizará recursos por importe de 304 millones de euros.
Las personas gitanas enfrentan desafíos específicos y diferenciados de los de la población general y otros grupos en ámbitos tales como la pobreza, el empleo, la educación y la vivienda agravados por una discriminación estructural por su origen étnico.
La Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo establece, dentro de sus principios rectores, los de igualdad y no discriminación en el acceso y consolidación del empleo y desarrollo profesional por motivo de origen racial o étnico que aplican, en particular, al diseño y ejecución de las políticas de empleo y el cumplimiento de los servicios garantizados y compromisos reconocidos en esta ley, así como el acceso a los servicios de empleo, básicos y complementarios, y otros programas o actuaciones orientados a la inserción, permanencia o progresión en el mercado de trabajo.
El plan es un complemento imprescindible de las políticas de protección del empleo y un instrumento útil para evitar la exclusión laboral y la cronificación de la dependencia de las medidas de protección, al tiempo que acompaña el necesario proceso de transformación productiva y es un instrumento para combatir las brechas de género.
Las políticas activas de empleo contribuyen a la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo, actuando sobre los desajustes en la cualificación, las dificultades para adquirir experiencia profesional o la adquisición y mejora de habilidades para la búsqueda y el mantenimiento de la ocupación.
El Plan de Actuación para la mejora de la empleabilidad de la población gitana se trata de una actuación específica dirigida a garantizar la igualdad de oportunidades y el ejercicio pleno de derechos de la población gitana y da respuesta a los estándares internacionales de Derechos Humanos, la normativa europea así como a la legislación española, que reconoce la población gitana como uno de los colectivos de atención prioritaria y, en consecuencia, exige elaborar medidas que den una respuesta adaptada a su situación de desigualdad y discriminación.
La articulación de las medidas del Plan se desarrollará en los Planes anuales para el Fomento del Empleo Digno, en cuyo seno se va a desarrollar el Plan de mejora de la empleabilidad de la población gitana.
Medidas del Plan
Este Plan se articula en catorce medidas generadoras de una acción de empleo diferenciada y de especial atención, específicamente destinada a las personas que forman parte de esta comunidad como colectivo de mayor vulnerabilidad ante el empleo; su finalidad es proteger y apoyar a esta población, que experimenta un riesgo elevado de exclusión social, en cumplimiento y aplicación de los principios del pilar europeo de derechos sociales.
Las medidas que configuran el Plan de mejora de la empleabilidad para la población gitana se destinan a:
Mejorar el acceso de la población gitana a los servicios públicos de empleo y a los programas de activación para el empleo.
Apoyar la formación en alternancia con el empleo y la formación con compromiso de contratación de la población gitana.
Informar y poner en contacto a los jóvenes con los servicios de empleo disponibles y con el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, así como para abordar las necesidades de la población joven gitana.
Apoyar la movilidad del mercado laboral, en particular para las personas que viven en zonas rurales y segregadas con escasas posibilidades de empleo.
Adquisición de competencias digitales por parte de la población gitana, con el fin de que esté mejor preparada para las exigencias del mercado laboral y aproveche las oportunidades que ofrecen las tendencias y herramientas digitales para la vida diaria.
Promoción al autoempleo y al emprendimiento de calidad.
Estas medidas pivotan sobre dos ejes estratégicos:
La prestación por los Servicios Públicos de Empleo de servicios personalizados de orientación laboral, que proporcionen a las personas destinatarias una orientación integral, de calidad e inclusiva.
La oferta garantizada de aquellos servicios (itinerarios personalizados con acompañamiento individualizado y continuado, formación y adquisición de competencias profesionales, asesoramiento para el autoempleo y emprendimiento, …) específicos y adecuados para mejorar la empleabilidad y el acceso a un empleo decente y de calidad de las personas destinatarias.
La puesta en marcha de las medidas de este Plan debe abordarse desde el Catálogo de servicios garantizados establecidos en la Ley 3/2023, de 28 de febrero, que se implementa a través de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo, aprobada por Real Decreto 438/2024, de 30 de abril.
Estos servicios se vinculan al acompañamiento individualizado a las personas a partir del itinerario personal definido para su activación profesional, propiciando un acuerdo para poner en marcha y desarrollar su proceso de mejora de la empleabilidad, y se orientan a la intensificación y especialización de la atención que se les presta, la accesibilidad continua y personalizada a estos servicios y la diversificación de sus canales de prestación, promoviendo en su provisión la igualdad efectiva de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y en las carreras profesionales y la eliminación de discriminaciones entre personas usuarias de los servicios de empleo.
Fuente: Ministerio de Trabajo y Economía Social.