- Yolanda Díaz ha defendido un texto, fruto del Diálogo Social, que amplía y fortalece la respuesta flexible que han dado, ante la crisis sanitaria y económica, los expedientes de regulación temporal de empleo.
- El articulado instituye dos nuevas modalidades de ERTE, por impedimento y por limitaciones, con importantes exoneraciones en las cuotas de la Seguridad Social.
- La ministra de Trabajo ha señalado que “este Gobierno y este Ministerio seguirán, mientras sea necesario, en el camino de la protección de la salud, la economía y el empleo”.
El Congreso de los Diputados ha convalidado hoy, por mayoría absoluta, el Real Decreto-ley 30/2020, que prorroga los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) como medida de protección y salvaguarda del empleo, ante la crisis sanitaria y económica provocada por la pandemia de la Covid-19.
La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha detallado, durante su intervención, las características de un texto que es fruto del III Acuerdo Social en Defensa del Empleo, en el marco del Diálogo Social.
“El Real Decreto-ley que hoy traemos a su consideración, se alcanzó tras muchas jornadas de reflexión conjunta, sobre una evidencia felizmente contrastada: que los expedientes de regulación temporal de empleo, los ERTE, han cumplido su objetivo, en fondo y en forma. Han frenado la caída del empleo, han salvado de la extinción a gran parte de nuestras pequeñas, medianas y grandes empresas, a nuestros autónomos, y han protegido a las personas más vulnerables”.
El citado acuerdo, cifrado en esta norma, decide la prórroga automática de todos los ERTE que se autorizaron cuando fue declarado el estado de alarma. Además Díaz ha detallado las características de dos nuevas modalidades de ERTE, los ERTE de impedimento, y los ERTE por limitaciones, con importantes exoneraciones en las cuotas a la Seguridad Social.
“La idea es clara -ha dicho la ministra-: debemos continuar brindando a nuestro tejido productivo, tras meses de esfuerzos compartidos, la protección que precisa en el momento actual. Y no me importa reiterarlo una vez más. La inversión pública en el mecanismo de ERTE es, en sí misma, un compromiso firme de permanencia, un esfuerzo colectivo, una tarea de todas y de todos, que no vamos a dejar caer”.
El Real Decreto-ley 30/2020 mantiene el “contador a cero” para aquellas personas que sean afectadas por un despido objetivo, individual o colectivo, u otro basado en cualquier causa, que sea declarado improcedente, durante el año 2021, o si se extingue su contrato temporal dentro de este año. Por primera vez, además, las personas afectadas por un ERTE tendrán atención preferente para recibir cursos de formación y se pondrán en marcha acciones específicas para este colectivo.
Salvaguarda del empleo
El III Acuerdo Social en Defensa del Empleo mantiene los compromisos de salvaguarda adquiridos en Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, y en el artículo 6 del Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio.
Además, se establece un nuevo periodo de 6 meses de salvaguarda del empleo para las empresas que se acojan a un nuevo ERTE exonerado.
En caso de que existiese un compromiso de mantenimiento de empleo anterior vigente, el inicio del nuevo periodo de salvaguarda comenzará cuando haya concluido el del ERTE anterior. Como en el acuerdo anterior, en las empresas acogidas a ERTE no podrán realizarse horas extraordinarias, establecerse nuevas externalizaciones de la actividad, ni concertarse nuevas contrataciones, sean directas o indirectas salvo por razones de formación, capa u otras razones objetivas y justificadas.
También se mantienen los límites fijados en los anteriores acuerdos sobre el reparto de dividendos y la prohibición de radicarse en paraísos fiscales para las empresas que quieran acogerse a ERTE.
Protección para los fijos discontinuos
El Real Decreto-ley reconocerá una prestación extraordinaria de desempleo a las personas trabajadoras con contrato fijo discontinuo o que realizan trabajos fijos y periódicos que se repiten en determinadas fechas, que hayan resultado afectadas durante por un ERTE durante el periodo teórico de actividad.
Podrán percibir también esta prestación las personas trabajadoras con contrato fijo discontinuo no afectadas previamente por ERTE que hayan agotado las prestaciones o subsidios a las que tuvieran derecho si así lo solicitan. Además, se establecen mejoras en la protección por desempleo para las personas que trabajan a tiempo parcial.
El Real Decreto-Ley 30/2020 incorpora además una nueva batería de medidas de mejora en el Ingreso Mínimo Vital, en este caso, orientadas a que nuevos colectivos puedan beneficiarse de esta prestación.
La ministra de Trabajo ha finalizado recordando que “el modelo de los ERTE, que este texto legislativo consagra y amplía, ha salvado empleos, ha salvado derechos y ha salvado empresas. Y este Gobierno y este Ministerio seguirán, mientras sea necesario, en ese camino: en el de la protección. La protección de la salud, la economía y el empleo”.