El BOE del pasado sábado publicó el Extracto de la Resolución de 31 de mayo de 2022 de la Dirección General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se modifica la convocatoria de las ayudas destinadas a la digitalización de empresas del Segmento I (entre 10 y menos de 50 empleados) en el marco de la agenda España digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España (Programa Kit Digital), para ampliar cuantía fijada inicialmente.
El 26 de febrero de 2022 se publicó en el BOE, el extracto de la "Resolución de la entidad pública empresarial Red.es por la que se convocan las ayudas destinadas a la digitalización de empresas del Segmento I (entre 10 y menos de 50 empleados) en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización de pymes 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital)" C005/22-SI, modificada posteriormente por la Resolución de 10 de marzo de 2022 y por la Resolución de 29 de marzo de 2022 de la entidad pública empresarial Red.es, M.P.,
Mediante Resolución de 31 de mayo de 2022 de la entidad pública empresarial Red.es se ha acordado ampliar la cantidad fijada inicialmente en la convocatoria de ayudas destinadas a la digitalización de empresas del Segmento I (entre 10 y menos de 50 empleados) en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización de pymes 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).
Como consecuencia de ello, el Apartado Cuarto, "Importe" del extracto de la citada Resolución pasa a tener la siguiente redacción:
Cuarto. Importe: El importe máximo total de las ayudas reguladas en la presente Convocatoria asciende a la cantidad seiscientos millones de euros (600.000.000,00 €), que serán financiados a través de la correspondiente partida presupuestaria para la ejecución del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia, en consonancia con el Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en cuyo artículo 9 se indica que la ayuda concedida en el marco del Mecanismo se sumará a la proporcionada con arreglo a otros programas e instrumentos de la Unión, y que las reformas y los proyectos de inversión podrán recibir ayuda de otros programas e instrumentos de la Unión Europea siempre que dicha ayuda no cubra el mismo coste. Asimismo, será de aplicación el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
De conformidad con el artículo 18.2 de las Bases Reguladoras y el apartado segundo de la presente Convocatoria, el importe máximo de ayuda por beneficiario será de doce mil euros (12.000 €), al estar dirigidas únicamente al Segmento I.
Los importes máximos de ayuda por Categoría de Soluciones de Digitalización, así como la duración que debe mantenerse la prestación del servicio para el Segmento I se encuentran establecidos en el artículo 18 de las Bases Reguladoras.
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